Transcurridos más de diez años de la aprobación y entrada en vigor de la Orden VIV/561/2010, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados, se considera necesario su actualización y su adaptación a los cambios normativos en materia de derechos de las personas con discapacidad, además de que debe acompasarse al progreso tecnológico producido.
Por ello, FIAPAS estima que la nueva orden ministerial, que prevé estar vigente a partir del 1 de julio de 2021, no debe suponer, en ningún caso, retroceso alguno respecto a la regulación y medidas ya contenidas en su precedente de 2010, siendo una oportunidad para la actualización de aquella.
Mejoras demandadas
En este sentido, considerando que el nuevo proyecto de orden es susceptible de mejoras, FIAPAS ha remitido, a instancia del Consejo Nacional de la Discapacidad, aportaciones para garantizar de forma integral la accesibilidad auditiva en el entorno de los espacios públicos urbanizados, dado que en el proyecto de orden revisado no se han contemplado para todos ellos los productos de apoyo a la audición y a la comunicación oral de las personas sordas.
Este es el caso de las áreas de descanso y áreas con presencia de espectadores, los parkings de coches, los accesos, paradas y marquesinas de espera del transporte público, las aplicaciones reguladas de la señalización visual y acústica, y la comunicación interactiva en máquinas y elementos manipulables que dispongan de medios informáticos de interacción con el público.