NOTA INFORMATIVA

Adolescente consultando un libro en una biblioteca
Fruto de una intensa labor por parte del CERMI, tanto a través de su Comisión de Educación y Cultura, presidida por Jose Luis Aedo (presidente de FIAPAS), como a través de su representante en el Consejo Escolar del Estado, Mª Luz Sanz, la versión definitiva del Real Decreto por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato contempla numerosas medidas destinadas a que el alumnado con discapacidad pueda acceder a una educación de calidad en igualdad de condiciones.

Entre ellas, la norma señala que las administraciones educativas establecerán las condiciones de accesibilidad y diseño universal y los recursos de apoyo humanos y materiales, que favorezcan el acceso al currículo del alumnado con necesidades educativas especiales (NEE).

Igualmente, contempla que se adopten medidas de flexibilización y alternativas metodológicas, como adaptaciones curriculares y todas aquellas medidas que sean necesarias.

En las evaluaciones, incluida la evaluación final de cada etapa, precisa para la obtención del título de Graduado en ESO y en Bachillerato, se establecerán las medidas más adecuadas, en cuanto a instrumentos, tiempos y apoyos, que se adapten a las necesidades del alumnado con NEE, sin que estas adaptaciones puedan tenerse en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.

Con respecto al aprendizaje y la evaluación de la lengua extranjera, en consonancia con lo previsto en la LOMCE a iniciativa de CERMI, se establecerán medidas de flexibilización y alternativas metodológicas para el alumnado con discapacidad, en especial para aquel que presenta dificultades en su expresión oral. Igualmente, estas adaptaciones en ningún caso se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.

Otras medidas

Además, la norma establece que las administraciones educativas de las CCAA o los propios centros podrán ofrecer, como asignaturas de libre configuración autonómica, materias relacionadas con los sistemas aumentativos y alternativos de comunicación, incluidos los productos de apoyo a la comunicación oral y las lenguas de signos, el braille, la tiflotecnología y la autonomía personal. En caso de ofertarse, dichas asignaturas se impartirían de forma adicional a las materias definidas como «troncales”.

Por otra parte, la norma establece la colaboración entre el Ministerio de Educación Cultura y Deporte y las administraciones autonómicas para llevar a cabo acciones específicas de sensibilización e información del alumnado, de cara a promover la igualdad y la no discriminación tanto entre hombres y mujeres como entre personas con y sin discapacidad, así como para prevenir la violencia de género.