Porque pone en riesgo los avances logrados en este campo
ASEBIO manifiesta su rechazo a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre las técnicas de edición genética
El Tribunal de Justicia de la UE ha dictado una sentencia acerca de los organismos obtenidos por mutagénesis mediante técnicas de edición genética. El Tribunal de Justicia Europeo considera que estos organismos deben de ser considerados como Organismos Modificados Genéticamente (OGM) o a los efectos de la Directiva sobre OGM y estarían sujetos a las obligaciones establecidas en ella. Ante esta decisión ASEBIO, Asociación Española de Bioempresas, ha emitido un comunicado en el que señala que esta sentencia supone un retroceso que pone en riesgo los avances logrados mendiante estas técnicas .
En su comunicado, la organización que agrupa a empresas, asociaciones, fundaciones, universidades, centros tecnológicos y de investigación que desarrollan sus actividades de manera directa o indirecta en relación con la biotecnología en España muestra su preocupación: «Esta sentencia supone un retroceso para las perspectivas de las técnicas de edición genética (que modifican el ADN de un organismo sin insertar ningún gen externo de otra especie), ya que tendrán que someterse a una regulación tremendamente restrictiva que limitará sus desarrollo».
ASEBIO, en línea con la opinión de la patronal europea de biotecnología Europabio, considera esta sentencia pone en riesgo el impacto positivo que la aplicación de los avances conseguidos con estas técnicas supondrían para la ciencia, el desarrollo y la innovación en Europa, ya que podrían dificultar la materialización de los beneficios que suponen las técnicas de edición del genoma y una pérdida de competitividad considerable de Europa frente a otros continentes que ya las están utilizando.
Actualmente, su uso tiene múltiples aplicaciones como el enriquecimiento de nutrientes y el aumento de la resistencia a plagas de cultivos, lo que ayudaría a mitigar los efectos del cambio climático, y se está investigando su uso en el desarrollo y producción de nuevos tratamientos y terapias para múltiples enfermedades que podrían salvar millones de vidas.
En esta sentencia, el Tribunal de Justicia precisa que los Estados miembros son libres de regular si tales organismos deben de estar sujetos a las obligaciones establecidas en la Directiva de los OGM o a otras obligaciones, y por lo tanto, de legislar en este ámbito.
El comunicado de ASEBIO concluye apostando por que la Unión Europea y sus estados miembros establezcan un diálogo proactivo con la sociedad para concienciarla de los beneficios que producen estas técnicas para su vida diaria y su entorno.