El 23 de octubre se cumplieron cinco años de la aprobación de la Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.
La Confederación Española de Familias de Personas Sordas-FIAPAS estima que ésta es una fecha oportuna para una breve pero directa reflexión al respecto.
Tras cinco años, la Ley no se ha desarrollado en todos sus términos. Y, por otra parte, esta Ley ha tenido un efecto multiplicador en varias comunidades autónomas, que han dictado su propia normativa al respecto, si bien no siempre lo han hecho dando igual tratamiento a las dos opciones de comunicación que la propia Ley reconoce a las personas sordas: la lengua oral y la lengua de signos, rompiendo con ello el equilibrio y alcance dado a la norma estatal.
En opinión de FIAPAS, el dilema lengua oral versus lengua de signos es un debate ampliamente superado, aunque haya quien se empeñe en el mismo quedándose anclado décadas atrás. Precisamente, esta Ley vino a rubricar ese salto de página, reconociendo la diversidad comunicativa existente entre las personas con sordera y su derecho de libre elección -y el de los padres si se trata de menores- a aprender y usar la lengua oral de su entorno (valiéndose de medios de apoyo a la comunicación oral como los subtítulos, el bucle magnético o los equipos de frecuencia modulada), o a aprender y usar la lengua de signos (con la asistencia de intérpretes).
La promulgación de esta Ley garantiza, entre las distintas medidas que establece, que las personas con sordera que comunican en lengua oral y son usuarias de prótesis auditivas (audífonos e implantes) dispongan de aquellos medios que hacen posible su vida autónoma, la inclusión y la participación en su entorno, contribuyendo a que tengan la posibilidad de acceder a la educación, al empleo, al ocio y a la cultura, a la comunicación audiovisual, a las nuevas tecnologías, a la participación política? como un ciudadano más.
Hacer plenamente efectivo este derecho es objetivo ineludible, sin que haya que esperar otros cinco años.