La Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE), miembro de Somos Pacientes, ha manifestado su satisfacción por la medida, incluida en la Ley 8/2013 de Rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, por la que se permite la utilización de espacios libres o públicos para la instalación de ascensores u otros elementos que faciliten la accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
En palabras de Mario García, presidente de COCEMFE, “esta medida supone una gran noticia para el colectivo de la discapacidad; con esta regulación se garantiza que puedan instalarse ascensores u otros elementos en aceras, áreas de aparcamiento o zonas verdes, por ejemplo, lo que supone sin lugar a dudas un avance para las personas con discapacidad”.
En definitiva, la nueva normativa supone “un paso más en la lucha por conseguir un derecho tan básico como tener la libertad de poder entrar y salir de su propia vivienda y no seguir siendo prisioneros en sus casas porque los edificios en los que viven no disponen de estos elementos técnicos”, destaca García.
Nueva Ley de Rehabilitación
Concretamente, la nueva legislación permite ocupar las superficies de espacios libres o de dominio público que resulten indispensables para la instalación de ascensores u otros elementos en aquellos casos en los que no resulte viable, tanto técnica como económicamente, ninguna otra solución para garantizar la accesibilidad universal –y siempre que asegure la funcionalidad de los espacios libres, dotaciones públicas y demás elementos del dominio público.
Asimismo, la normativa también recoge la posibilidad de ocupar, en esas mismas condiciones, “superficies comunes de uso privativo como vestíbulos, descansillos, sobrecubiertas, voladizos y soportales, tanto si se ubican en el suelo como en el subsuelo o en el vuelo”.
Ley de Propiedad Horizontal
Según la nueva ley, los instrumentos de ordenación urbanística “garantizarán la aplicación de dicha medida, bien permitiendo que aquellas superficies no computen a efectos del volumen edificable, ni de distancias mínimas a linderos, otras edificaciones o a la vía pública o alineaciones, bien aplicando cualquier otra técnica que, de conformidad con la legislación aplicable, consiga la misma finalidad”.
COCEMFE celebra estos avances, pero también incide en la necesaria reforma de la Ley de Propiedad Horizontal para que, “precisamente, la instalación de estos ascensores y demás elementos de mejora de la accesibilidad en zonas comunes se realice con independencia del coste económico de la reforma”.
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