El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), miembro de Somos Pacientes, ha emitido un comunicado para manifestar su «satisfacción» por la aprobación por el Consejo de Ministros del Real Decreto Ley por el que se deroga el artículo 52 d) del Estatuto de los Trabajadores, precepto que regulaba la modalidad de despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo, aunque estas tuvieran justificación médica.
Como informa el CERMI, “la disposición legal ahora cancelada permitía la extinción por causas objetivas de la relación laboral, autorizando al empresario a despedir cuando el trabajador acumulaba una serie de faltas de asistencia, determinadas según varios parámetros”.
En consecuencia, denuncia el Comité, “esta regulación exponía y perjudicaba más intensamente a los trabajadores con discapacidad que por esta razón o a causa de la misma podían necesitar mayor atención de salud, seguimientos médicos más continuos, o dedicar más tiempo a asistencia a terapias o sesiones de rehabilitación o para recibir apoyos psicológicos o psicosociales”.
Discriminación indirecta
En opinión del CERMI y otras muchas instancias sociales y sindicales, el mantenimiento de esta causa de despido objetivo, ahora anulada por el Consejo de Ministros tras la propuesta de Yolanda Díaz, titular del Ministerio de Trabajo y Economía Social, constituía una discriminación indirecta por motivos de discapacidad.
La ministra ha afirmado que este precepto constituía una “anomalía respecto a la normativa laboral europea”, como incluso puso de manifiesto el Tribunal de Justicia Europeo, que en 2018 alertó de la necesidad de modificarlo por ser causa de discriminación.
Díaz ha asegurado que, con su derogación, se da seguridad jurídica a los trabajadores -especialmente quienes padecen discapacidad, enfermedades crónicas y de larga duración o se dedican al cuidado de personas dependientes- y se pone fin a la alarma social generada por la posibilidad de perder el empleo en un momento de gran vulnerabilidad, “cuando además de la preocupación por curarse pesa la enorme losa real de poder ser despedido”.
Como concluye el Comité, “esperamos que esta medida legal positiva para el sector social de la discapacidad sea apoyada por todos los Grupos Parlamentarios cuando el real decreto-ley aprobado como legislación de urgencia tenga que ser convalidado por el Congreso de los Diputados”.
La derogación entrará en vigor cuando se publique en el Boletín Oficial del Estado y no tendrá carácter retroactivo.
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