La Dirección General de Tráfico (DGT) ha comunicado que no impondrá a los conductores con discapacidad con limitaciones especiales de velocidad la obligación de identificar el vehículo en el que circulen mediante la fijación de un distintivo al efecto en lugar visible.
La exigencia, que había sido introducida por la DGT en el borrador de modificación del Reglamento General de Circulación que, aún en la actualidad, se encuentra en fase inicial de elaboración por parte del Ministerio del Interior, ha sido finalmente descartada por el propio Ministerio tras las alegaciones presentadas por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), miembro de Somos Pacientes.Vulneración de un derecho esencial
Concretamente, el CERMI había remitido un escrito a la DGT en el que manifestaba su firme negativa a que esta medida llegara a materializarse, pues como explica el propio Comité, «suponía una vulneración del derecho a la propia imagen de las personas con discapacidad, que no pueden verse forzadas por ninguna norma o instancia administrativa a identificar directa o indirectamente su situación de discapacidad«.
Es más; la introducción del requerimiento planteado por el la DGT no solo afectaba a un derecho esencial, sino que no añadía ningún elemento a la seguridad vial, ni del conductor con discapacidad ni del resto, «por lo que a efectos prácticos la medida se vislumbraba inútil«, destaca el Comité.
Finalmente, y tras la reunión celebrada entre representantes del CERMI con la DGT para abordar las modificaciones al Reglamento General de Circulación con impacto en la discapacidad, el Ministerio ha renunciado a imponer este tipo de identificación.
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