CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES

  • El BOE publica hoy el Real Decreto por el que se convocan las becas y ayudas para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, que mantiene como criterio de acceso a dicha convocatoria, para una parte de este alumnado, la presentación del certificado del grado de discapacidad.
  • Por ello, la Confederación Española de Familias de Personas Sordas-FIAPAS recuerda que las necesidades educativas especiales están presentes con independencia de tener, o no, un grado de discapacidad calificado administrativamente, fuera del contexto educativo. Y señala que una gran parte del alumnado con discapacidad auditiva se ve excluido del acceso a estas becas debido a este criterio, impuesto por el Ministerio en las últimas convocatorias, desde el año 2020.

Madrid, 28 de febrero de 2024.- La Confederación Española de Familias de Personas Sordas-FIAPAS valora el esfuerzo del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes por tratar de reconducir una situación injusta y discriminatoria que venía sucediéndose en las últimas convocatorias de becas para alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, entre otros para el alumnado con discapacidad. No obstante, y aunque la rebaja en el porcentaje de discapacidad exigido ofrece una mejor respuesta al alumnado con discapacidad, desde FIAPAS se considera insuficiente dado que no revierte completamente la situación de discriminación que afecta a una parte de este alumnado, siendo uno de los grupos más afectados el alumnado con sordera.

Cambios producidos en la convocatoria de ayudas al estudio

FIAPAS recuerda que, hasta 2020, el alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad podía acreditar esta condición mediante certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente.

A partir de la convocatoria 2020-2021, hasta la del actual curso académico, solo pueden acceder a estas ayudas quienes estén en posesión de un certificado de un grado de discapacidad igual o superior al 33 %. Y es preciso recordar que este porcentaje resulta de aplicar un baremo ajeno al ámbito educativo, que no evalúa las necesidades educativas, ni de aprendizaje.

Protección y defensa del derecho a la educación

Desde entonces, FIAPAS viene demandando al Ministerio de Educación que se restituyan los anteriores criterios de acceso a esta convocatoria de ayudas, que conceptualizaban la discapacidad como una situación personal de la que derivan determinadas necesidades educativas especiales.

Por ello, el Real Decreto publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado, que reduce al 25 % el grado de discapacidad exigido para que este alumnado pueda acceder a las ayudas, no da respuesta al alumnado que presenta necesidades educativas especiales (razón de ser de esta convocatoria de ayudas), al establecer para una parte del alumnado con discapacidad un filtro de acceso a la misma, exigiendo la presentación del certificado del grado de discapacidad.

Desde FIAPAS continuaremos trabajando para lograr que se restaure la posibilidad de acreditar las necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad a través de certificado e informe emitido por las instancias propias de las administraciones educativas, competentes para determinar, en el contexto de enseñanza-aprendizaje en el que se encuentra este alumnado, la existencia e intensidad de las necesidades educativas especiales, que son a las que las familias destinan estas ayudas para hacer frente al sobrecoste de los apoyos logopédicos, pedagógicos … especializados y precisos para que este alumnado pueda progresar en su proceso educativo. Se trata, por tanto, de evitar en el caso de este alumnado sumar riesgos de fracaso o abandono escolar prematuro por falta de apoyos y, en definitiva, de poder ejercer su derecho a la educación en condiciones de equidad e igualdad de oportunidades.