Consejo de Ministros. Pool Moncloa/Fernando Calvo

El Consejo de Ministros del pasado martes, 3 de marzo, ha acordado una medida dirigida a incentivar la inversión de la industria farmacéutica en la investigación, desarrollo y posterior comercialización de medicamentos huérfanos, aquellos destinados a tratar enfermedades poco frecuentes.

El objetivo es tanto fomentar la investigación con medicamentos ya comercializados para el tratamiento de estas enfermedades como garantizar su adecuada disponibilidad.

María Jesús Montero, ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, ha asegurado tras el Consejo que el objetivo de este acuerdo es «incentivar la investigación privada y garantizar el abastecimiento de estos productos».

Con esta medida, los medicamentos huérfanos incluidos en el Sistema Nacional de Salud (SNS) gozarán de un régimen económico específico y no se regirán por el Sistema de Precios de Referencia que se aplica al resto de medicamentos financiados por el SNS cuando ha expirado su patente. Esto significa que mantienen una diferenciación a la hora de la fijación de su precio en España.

Para que un medicamento huérfano pueda incluirse en este régimen de precios no debe existir un medicamento con la misma indicación autorizada financiado en España. En el caso de que sí exista, el nuevo medicamento deberá aportar un beneficio clínico relevante.

En España, los medicamentos huérfanos suponen el 0,5% de las presentaciones financiadas en el SNS y el 5% del gasto total farmacéutico.

Esta medida está alineada con el Reglamento Europeo, que establece, precisamente, un sistema de incentivos a los titulares de los medicamentos huérfanos.

El tratamiento de las enfermedades poco frecuentes requiere esfuerzos especiales y conjuntos, dirigidos a prevenir la morbilidad, la mortalidad temprana o la reducción de la calidad de vida de las personas que las padecen y sus familias. El SNS dispone de una ‘Estrategia de Enfermedades Raras‘ y cuenta con 279 centros de referencia donde se concentra la mejor experiencia y tecnología para el tratamiento de estas enfermedades.

Este acuerdo, por el que se establece el régimen económico de los medicamentos huérfanos, queda al amparo de la previsión del artículo 3.3 del texto refundido de la ‘Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios‘, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio.

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