Años de intenso trabajo por parte de la Confederación Española de Familias de Personas Sordas-FIAPAS con las administraciones públicas han dado su fruto en esta actualización que, si bien aún queda lejos de cubrir las necesidades de todas las personas sordas que precisan prótesis, supone un significativo progreso en la equiparación de derechos para las personas sordas.
En este momento, la edad para la prestación por audífonos se ha elevado a 20 años (en años sucesivos se irá ampliando, de dos en dos años, hasta los 26) y la cuantía de financiación aumenta. En el caso de los implantes auditivos, entre otras, las novedades se centran en la incorporación de la banda elástica con procesador de conducción ósea para niños, necesaria y previa a la cirugía de un implante osteointegrado, así como la inclusión de los componentes externos para todo tipo de implantes: de oído medio, de conducción ósea, cocleares y de tronco cerebral.
A partir de ahora, las Comunidades Autónomas, INGESA, MUFACE, ISFAS y MUGEJU tienen un plazo de seis meses para adecuar sus respectivas carteras, pudiendo ir más allá de los mínimos comunes establecidos y deberán regular, por otra parte, las condiciones que les corresponden en exclusiva, como son los periodos de renovación y la forma de abono de la prestación.
Cabe señalar que, gracias a los avances médicos y tecnológicos, en el caso de los niños que nacen con sordera o la adquieren en los primeros años de vida, las prótesis permiten la restauración de la vía auditiva de forma precoz, antes del primer año de vida, y, en consecuencia, el acceso temprano a la información auditiva y el lenguaje hablado del entorno, impulsando que las personas sordas ya adultas puedan vivir de manera independiente y autónoma, sin tener que depender de terceros, como miembros activos de la sociedad.
Y así lo demuestran estos jóvenes en este vídeo: http://bit.ly/oyemetrailer
Orden SCB/480/2019, de 26 de abril, por la que se modifican los anexos I, III y VI del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización: