La reforma del Código Penal que actualmente está tramitando el Congreso de los Diputados tendrá, de ser finalmente aprobado, “consecuencias nefastas” para los pacientes con trastornos mentales. Así lo han advertido los expertos jurídicos, profesionales sanitarios, familiares y pacientes participantes en la jornada ‘Las medidas de seguridad y el concepto de peligrosidad en el proyecto de Código Penal’, organizada por Fundación Manantial, miembro de Somos Pacientes, y la Universidad Rey Juan Carlos (URJC).

En palabras de Francisco Sardina, presidente de Fundación Manantial, “la discriminación hacia las personas con trastorno mental en el proyecto de reforma del Código Penal nos causa malestar. Y es que más de un 90% de los casos de peligrosidad en personas con problemas de salud mental son delitos menores, en el ámbito familiar y suelen ser en personas con trastorno no diagnosticado o con escaso seguimiento”.

Reforma del Código Penal

Concretamente, y entre otras medidas de ‘seguridad’, el Proyecto de reforma del Código Penal contempla la posibilidad de prórroga indefinida de una medida de internamiento psiquiátrico; la imposición de una libertad vigilada después de extinguida la medida de internamiento; y la ruptura del principio de proporcionalidad entre pena y medida de seguridad. Medidas a las que se aúna “el posible paso de un ‘derecho penal del hecho’ a un ‘derecho penal de autor’ en atención a un concepto tan subjetivo como el de peligrosidad”, alerta la Fundación.

En consecuencia, como denuncia Luis Fernando Barrios, jurista y experto en Derecho Administrativo de la Universidad de Alicante, “la reforma supone un importante retroceso en el tratamiento del paciente mental, ya que elimina de forma significativa su seguridad jurídica. Y es que la peligrosidad es un concepto del pasado, ya caduco. Hay que valorar otros factores como condición social, ambiente familiar o educativo. Es una mentira científica asociar enfermedad mental con peligrosidad”.

En la misma línea, como explica el juez Ángel Luis Ortiz, magistrado del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 1 de Madrid, “la reforma vulnera el principio de igualdad en el caso de las personas con problemas de salud mental, ya que plantea un internamiento penitenciario que puede ser indefinido, algo que afecta de manera negativa a la reeducación y reinserción social, principios recogidos en la Constitución”.

De hecho, y de aprobarse la reforma, “a los sujetos inimputables se les aplicará la libertad vigilada como medida de seguridad durante un mínimo de 3 y un máximo de 5 años pese haber cumplido ya la medida de internamiento”, denuncia el juez Ortiz.

Mayor inversión en recursos

En opinión de los expertos, la actual legislación, como apunta Demetrio Monterde, director del Hospital Psiquiátrico Penitenciario de Alicante, “funciona moderadamente bien”. Sin embargo, y de acuerdo a lo recogido en el borrador del proyecto, “la indefinición de no saber cuándo va a salir crea desesperanza en el paciente

Y ante esta situación,  concluye Juan Antonio Alonso Bernal, presidente de la Unión Madrileña de Asociaciones de Personas pro Salud Mental (UMASAM), “el mejor antídoto es una red eficiente de recursos. Necesitamos más centros especializados para la atención de estos pacientes”.

– A día de hoy, 322 asociaciones de pacientes dedicadas a los trastornos mentales son ya miembros activos de Somos Pacientes. ¿Y la tuya?