La Sociedad Española de Oncología Médica (SEOM) ha presentado una queja ante el Defensor del Pueblo sobre el Acuerdo Marco de Alternativas Terapéuticas Equivalentes (ATE) anunciado el pasado 30 de julio por la Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta de Andalucía  y en el que se incluyen medicamentos oncológicos. Y es que, como explica la Sociedad, “el acuerdo marco es radicalmente contrario a la legislación estatal de prescripción y dispensación de medicamentos y discrimina gravemente a los pacientes andaluces”.

Así, y con la presentación de esta queja, “manifestamos nuestra preocupación ante la declaración de ‘equivalencia terapéutica’ para medicamentos distintos, tal y como ya anunciamos en el comunicado emitido el pasado mes de junio”, informa la SEOM, para quien el sistema de ATE resulta “especialmente relevante y trascendente en el campo específico de la Oncología teniendo en cuenta las enfermedades a tratar”.

Concretamente, el Acuerdo Marco anunciado por la Junta de Andalucía incluye tres anticuerpos monoclonales aprobados en nuestro país para el tratamiento del cáncer colorrectal metastásico –bevacizumab, cetuximab y panitumumab–, “fármacos oncológicos que tienen distintos mecanismos de acción y no son equivalentes terapéuticos, sino fármacos que tienen sus indicaciones específicas”, apunta la SEOM, que para ratificar su afirmación alude al listado de fármacos biológicos no sustituibles de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), donde se incluyen los referidos anticuerpos monoclonales.

Criterios económicos, no clínicos

Como consecuencia de la medida anunciada en Andalucía, en los hospitales de la comunidad, la elección del medicamento que se dispensará al paciente no se efectuará por el oncólogo médico según su criterio clínico, “sino por el Sistema Andaluz de Salud (SAS) mediante la adjudicación de este Acuerdo Marco, basado en motivos económicos; esto es radicalmente contrario a la legislación estatal de prescripción y dispensación de medicamentos y discrimina gravemente a los pacientes andaluces”, denuncia la SEOM.

Contrario a la legislación

No en vano, la SEOM recuerda que la legislación vigente establece que:

-“Todos los usuarios del Sistema Nacional de Salud (SNS) tendrán acceso a las prestaciones sanitarias reconocidas en esta Ley en condiciones de igualdad efectiva, acceso que se garantizará con independencia del lugar del territorio nacional en que se encuentren en cada momento los usuarios del SNS” (Ley de Cohesión).

-“Se reconoce el derecho de todos los ciudadanos a obtener medicamentos en condiciones de igualdad en todo el SNS, sin perjuicio de las medidas tendentes a racionalizar la prescripción y la utilización de medicamentos y productos sanitarios que puedan adoptar las Comunidades Autónomas en ejercicio de sus competencias” (Ley de Garantías).

-“Las medidas tendentes a racionalizar la prescripción y utilización de medicamentos y productos sanitarios que puedan adoptar las Comunidades Autónomas no producirán diferencias en las condiciones de acceso a los medicamentos y productos sanitarios financiados por el SNS, catálogo y precios. Dichas medidas de racionalización serán homogéneas para la totalidad del territorio español y no producirán distorsiones en el mercado único de medicamentos y productos sanitarios” (Ley 10/2013).

Por todo ello, la SEOM solicita al Defensor del Pueblo a que inste al Gobierno andaluz a retirar el Acuerdo Marco, “de modo que no se vulneren los derechos de profesionales y pacientes, sobre todo el derecho constitucional a la protección de la salud”, concluye la SEOM.

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