Decálogo de la Federación Salud Mental Madrid
10 cosas que debes saber ante un ingreso psiquiátrico involuntario
La Federación Salud Mental Madrid (UMASAM) ha presentado ‘10 cosas que debes saber ante un ingreso psiquiátrico involuntario’, decálogo para un reconocimiento efectivo y defensa de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los pacientes que son institucionalizados sin atender a su voluntad.
De hecho, los ingresos psiquiátricos involuntarios suponen una vulneración de los derechos humanos y un ataque directo a la dignidad de las personas con problemas de salud mental, razón por la que la Federación ha llevado a cabo esta iniciativa para “facilitar información con el objetivo primordial de evitar que, por desconocimiento de la normativa legal, las personas sigan sufriendo prácticas abusivas y restrictivas de sus derechos”.
El decálogo nace como respuesta a las experiencias, muchas de ellas especialmente traumáticas, relatadas a la Oficina de la Defensa de UMASAM por los propios pacientes sometidos a un ingreso involuntario. Unos casos en los que se referían la utilización de contenciones mecánicas –consideradas como tortura por la Organización de Naciones Unidas (ONU)–, el uso excesivo de fármacos, o la ausencia de representación letrada de la persona en la vista de internamiento. Unas restricciones, en definitiva, de los derechos más elementales.
Por ejemplo, y entre los numerosos testimonios recogidos por la Federación de personas internadas de forma involuntaria, una paciente denuncia que “me tuvieron totalmente incomunicada de mi familia y seres queridos durante casi cuatro semanas. No me informaron sobre mi tratamiento, me medicaban con más de 10 drogas al día y nadie me decía para que era. Llamaron a un psiquiatra forense para hacerme una entrevista. Nadie me informó sobre la posibilidad de tener un abogado ni nadie que me ayudase, básicamente no me informaron de mis derechos. El forense determinó que sin alta médica no podía ser libre. Tampoco me informaron sobre la posibilidad de recurrir esa decisión. El centro privado me retuvo a pesar de que yo era mayor de edad y pedí ser trasladada a un centro público. Me tuvieron ingresada casi dos meses en total”
Una situación que tuvo graves consecuencias sobre el estado tanto físico como emocional de la paciente, que recuerda que “a día de hoy sigo sufriendo secuelas emocionales y psicológicas por lo sucedido. Nadie quiso ayudarme ni aceptar que lo ocurrido fue una violación de mis derechos humanos”.
El problema es que este, desgraciadamente, este no es un caso aislado y estas situaciones se dan con relativa frecuencia en nuestro país. De ahí la importancia de este decálogo, presentado en forma de infografías y en el que se explica que:
1.- Ingreso involuntario no es lo mismo que un procedimiento judicial de medidas de apoyo.
2.- El ingreso involuntario es una medida que depende del criterio médico y requiere de autorización judicial.
3.- En casos de urgencia, el responsable del centro médico tiene 24 horas para informar al juzgado.
4.- El juzgado tiene un plazo de 72 horas para ratificar o no dicha medida.
5.- Se realizará un examen personal por el juzgado con el dictamen del médico forense del juzgado.
6.-Tienes derecho a contar con un abogado y procurador de tu confianza o pedirle al juez que te designe un abogado de oficio para esa vista de ingreso involuntario.
7.- Derecho a la práctica de pruebas, derecho a informar al paciente de su ingreso y derecho a conocer los motivos del ingreso en términos comprensibles.
8.- El auto que ratifique el ingreso ha de ser motivado y notificado siempre al interesado.
9.- El auto es recurrible en apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de 20 días hábiles.
10.- Si se incumplieran cualquiera de estos puntos, el ingreso sería nulo de pleno derecho.
– A día de hoy, 331 asociaciones de pacientes dedicadas a la salud mental ya son miembros activos de Somos Pacientes. ¿Y la tuya?