Con carácter urgente
El CERMI exige a Fomento la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), miembro de Somos Pacientes, ha ejercido su derecho de petición para reclamar al Ministerio de Fomento que promueva de manera urgente la modificación de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de propiedad horizontal y conexas para favorecer el acceso a una vivienda digna y adecuada a las personas con discapacidad y mayores.
Como explica el CERMI, “pese a las mejoras que se han realizado en los años 2003, 2011 y 2013 en la Ley de Propiedad Horizontal, no se han conseguido subsanar los déficits de esta normativa que permiten que haya personas mayores o con discapacidad que no puedan entrar y salir en igualdad de condiciones de sus hogares, debido a que hay comunidades de propietarios que no sufragan el coste de las reformas que requieren muchos edificios para eliminar las barreras arquitectónicas”.
Necesaria y urgente
A juicio del Comité, los progresos normativos deben ser completados alcanzando la total asunción de costes, como siempre ha sucedido para otras obligaciones asumidas por la comunidad como las derivadas de las condiciones estructurales, la estanqueidad, la habitabilidad y la seguridad.
De hecho, incide el CERMI, “no hay razón social ni jurídica para otorgar a la accesibilidad un trato distinto y más desfavorable, rayano en la discriminación, cuando el bien social protegido constitucionalmente, la inclusión de las personas con discapacidad o mayores, es tan evidente”.
En este contexto, debe tenerse en cuenta que, como recoge el escrito remitido por el Comité a Fomento, “sin accesibilidad, entendida en el sentido de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas, firmada y ratificada por España, y plenamente vigente en nuestro país, el derecho a una vivienda digna se hace, para este grupo de población, extremadamente difícil o incluso llega a verse vaciado de contenido”.
Es más: el CERMI solicita que la reforma normativa refuerce la obligatoriedad de que las comunidades de propietarios afronten el coste de los ajustes razonables. Concretamente, se englobarían en esta categoría aquellas reformas que no superen la suma de 12 cuotas mensuales de cada propietario, excluyendo las ayudas a las que se tenga derecho.
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