La CUME se mantendrá solo hasta que el afectado alcance la edad de 23 años
Ampliación de la prestación por cuidado a hijos: positiva pero insuficiente
El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, valora positivamente la decisión del Gobierno de ampliar la prestación por cuidado de un hijo con cáncer o enfermedad grave hasta que éste alcance la edad de 23 años.
A este respecto, y en respuesta a la solicitud de la Oficina del Defensor del Pueblo, la Ley 22/2021, de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para el año 2022, introduce en su disposición final vigésimo segunda una modificación del real decreto que regula esta prestación ampliando el periodo de disfrute de la misma más allá de la mayoría de edad de la hija o hijo enfermo.
No en vano, explica la Oficina, “en los últimos años, nuestra Institución ha recibido centenares de quejas que ponían de manifiesto la necesidad de realizar este cambio normativo. Las madres y padres de estos menores exponían en sus escritos que cuando sus hijos e hijas alcanzan la mayoría de edad no solo no mejoran en su enfermedad, sino que, en muchos casos, requieren aún más cuidados.
Asimismo, el Defensor del Pueblo también ha recomendado a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social una modificación normativa de la prestación económica por cuidado de menores con enfermedades graves, encaminada a flexibilizar otros requisitos como el relacionado con la situación laboral de los progenitores.
Ampliación insuficiente
El pasado mes de noviembre, el Congreso de los Diputados aprobó por unanimidad una enmienda en los PGE para ampliar la prestación por cuidados a menores con dolencias graves (CUME) de los actuales 18 a los 23 años.
Una decisión que, destacaba Manuel Rego, presidente de la Federación Española de Enfermedades Neuromusculares (Federación ASEM), miembro de Somos Pacientes, suponía “un respiro para las familias cuidadoras. Y es que las enfermedades graves, caso de las neuromusculares, prevalecen más allá de los 18 años e incluso tienden a agravarse, por lo que era una necesidad y una urgencia que las familias pudiesen seguir atendiendo a sus hijos e hijas de la misma manera”.
Concretamente, la CUME es una ayuda que compensa la pérdida de ingresos que sufren los progenitores, adoptantes o acogedores que se ven abocados a reducir sus jornadas de trabajo y, por ende, sus salarios, para el cuidado de manera directa, continua y permanente del menor afectado a su cargo. A este respecto, el número de hogares que se benefician de esta prestación y, ahora de su ampliación, se eleva hasta los 8.000.
Sin embargo, y si bien supone un avance, esta extensión de cinco años resulta insuficiente. Y es que, como recuerda la Federación ASEM, “a los 23 años la enfermedad sigue progresando, por lo que reclamamos que los poderes públicos cumplan con los estipulado en la Ley de Dependencia, haciendo efectiva la prestación de la asistencia personal para que estos jóvenes con enfermedades graves sigan contando con apoyo para poder realizar actividades básicas de la vida diaria, tan importantes como levantarse de la cama o vestirse, cuando la CUME ya no permita que sus padres sigan estando a su lado diariamente”.